SIN CORTAPISAS

SIN CORTAPISAS

Por: Claudia Vázquez Andrade
Los “dueños” de la calle
Finalmente, el Congreso de Tamaulipas puso orden a las calles de la entidad, porque modificó la Ley de Tránsito estatal para impedir que particulares se apropien indebidamente de espacios públicos; una práctica recurrente en calles de colonias y zonas comerciales.
Así que, ahora las autoridades de vialidad tendrán facultades y podrán actuar, primero, para retirar sillas, botes, conos, bloques y cuantos objetos sean puestos en la vía pública para impedir que un automovilista estacione su vehículo. Y dos, para sancionar por esta acción.
Como es del dominio público, hay personas que, argumentando propiedad de la calle, bueno, del frente de su predio o vivienda, se molesta porque los automovilistas estacionan su vehículo, y la situación se agrava o se tensa más, cuando el “dueño” de la calle no tiene cochera.
Pero igual sucede en las zonas comerciales de casi todos los municipios, en donde también es común ver esta práctica, y hay casos en que los comerciantes invaden hasta las banquetas exhibiendo sus productos, obligando en muchos de los casos, a que el peatón transite por la calle. Pero bueno ese es otro tema.
Por lo pronto, los agentes de tránsito ya pueden, por mandato de ley, retirar todo lo que obstruya la vía publica e impida el estacionamiento de los vehículos, pero, los ayuntamientos, así lo contempla la reforma de ley, deberán normar la concentración, entrega en su caso, o el destino final de lo que se “recoja” de las calles por ese motivo.
Obviamente que también habrá sanciones, y estas también deberá determinarlas el cuerpo colegiado municipal.
Sin embargo, hay ciudades, como es el caso de Victoria, en donde el reglamento de tránsito ya prohíbe esa situación. De hecho, el artículo 36 dice a la letra: 1.- Queda prohibido separar lugares de estacionamiento si el lugar no está autorizado como exclusivo. El personal de la dependencia deberá amonestar a quien lo haga y retirar cualquier dispositivo utilizado con el propósito anterior, sin necesidad de que amerite previo reporte al respecto, sino derivado del propio patrullaje.
Y el artículo 39 reza: los habitantes o propietarios de casas o edificios tendrán preferencia para estacionar sus vehículos frente a sus domicilios en horario comprendido de las dieciséis a las ocho horas del día siguiente, de lunes a viernes, y todo el día del sábado y domingo.
Lo que significa, en el caso de Victoria, que, sino actuaban, era por falta de voluntad, porque facultades ya tenían y tienen.
este es un tema que a botepronto se puede ver como insignificante, pero que ha provocado enfrentamientos entre particulares, incluso con las mismas autoridades de vialidad cuando han intervenido.
Ahora sí que se podría decir, que los agentes de tránsito ya no tendrán pretextos para actuar, y los automovilistas tendrán el argumento oficial o de ley, para disputar el espacio.

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