Emite Senado de la República convocatoria para elección extraordinaria para el 19 de febrero del 2023

Emite Senado de la República convocatoria para elección extraordinaria para el 19 de febrero del 2023

El Senado de la República aprobó, por 75 votos, la convocatoria para elecciones extraordinarias que se llevarán a cabo el 19 de febrero de 2023 en el estado de Tamaulipas, luego del accidente automovilístico en que perdió la vida el senador Faustino López, el pasado 8 de octubre, cuando se dirigía al estado de Zacatecas.

“La Cámara de Senadores, con fundamento en la fracción VI del artículo 77 constitucional, convoca a elección extraordinaria de una fórmula de senadores por el principio de mayoría relativa en el estado de Tamaulipas”, avaló el pleno del Senado.

En el resolutivo se menciona que la jornada comicial se llevará a cabo el 19 de febrero de 2023, conforme a lo dispuesto por la Carta Magna, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El pasado 15 de noviembre, la Cámara emitió la declaratoria de vacante en el cargo de Senador de la República, en la primera fórmula de mayoría relativa del estado de Tamaulipas.

“El pasado 15 de noviembre, esta presidencia emitió la declaración de existencia de vacante con motivo de la ausencia del propietario suplente en el cargo de senador de la República, correspondiente a la primera fórmula de mayoría relativa en el estado de Tamaulipas”, informó el presidente de la Mesa Directiva, Alejandro Armenta.

López Vargas era suplente de Américo Villareal Anaya, luego de que éste último comunicó a la Cámara Baja que, con fundamento en el artículo 125 de la Constitución Política, optó por competir por el encargo de gobernador de Tamaulipas, mismo que consiguió.

El asunto fue considerado de urgente resolución y fueron dispensados todos los trámites para proceder a su discusión y votación.

En su momento, el senador Ricardo Monreal Ávila, confirmó en redes sociales el trágico accidente.

“Con gran pesar, informo que tristemente el senador Faustino López y la Sra. Pilar Hernández, su esposa, fallecieron en un accidente de automóvil; pérdida irreparable que nos enluta en el Senado”, dio a conocer en su cuenta de Twitter.

LA CÁMARA DE SENADORES, CON FUNDAMENTO EN LA
FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CONVOCA A
ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE UNA FÓRMULA DE
SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA EN EL
ESTADO DE TAMAULIPAS.
Artículo Primero. Se convoca a la elección extraordinaria de una
fórmula de senadores de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión en
el estado de Tamaulipas.
Artículo Segundo. La jornada comicial de la elección extraordinaria se
celebrará el domingo 19 de febrero de 2023, conforme a lo
dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley
General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos
Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en
Materia Electoral y las disposiciones de la presente convocatoria.
Artículo Tercero. Se elegirá una o un senador propietario y una o un
senador suplente, quienes deberán reunir los requisitos señalados en los
artículos 55 y 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y deberán cumplir lo dispuesto por los artículos 10 y 11 de la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Artículo Cuarto. La calificación, cómputo y declaratoria de la elección
de senadoras o senadores por el estado de Tamaulipas se realizará de
conformidad con las disposiciones federales en materia electoral
correspondientes.
1
Artículo Quinto. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral,
conforme a lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales, ajustará los plazos previstos
por la ley para que la realización de la elección extraordinaria convocada
por este Decreto se efectúe en la fecha indicada en su Artículo Segundo,
con la finalidad de procurar la austeridad en el empleo de los recursos
materiales y humanos correspondientes a este tipo de ejercicios
democráticos.
Artículo Sexto. El Instituto Nacional Electoral, en el ámbito de sus
atribuciones, dispondrá lo necesario para el cumplimiento de lo
dispuesto en el presente Decreto.
Artículo Séptimo. Quien encabece la fórmula y obtenga la constancia
correspondiente, una vez concluido el proceso electoral extraordinario,
rendirá la protesta como Senadora o Senador de la República ante el
Pleno de la Cámara de Senadores.
Artículo Octavo. Las o los senadores, propietario y suplente, que
resulten electos conforme al presente Decreto, concluirán su periodo
constitucional al finalizar la LXV Legislatura del Congreso de la Unión.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones del Senado de la República a los 30 días del mes de
noviembre de 2022.

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