Todo sobre el Aguinaldo 2026: ¿Cuándo cae y cuánto te toca?

ORT Noticias
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Imagen de archivo de una persona que cuenta billetes de 200 pesos en Ciudad de México (México). EFE/ José Méndez

¡Atención, trabajadores! La época más esperada del año está a la vuelta de la esquina y con ella llega el pago del aguinaldo.

Si estás contando los días para recibir este dinero extra o tienes dudas sobre si te corresponde, debes saber que la Ley Federal del Trabajo (LFT) te respalda con reglas muy claras: el depósito no se puede fraccionar, no te pueden pagar con despensa y la fecha límite es inamovible.

A continuación, te detallamos todos los aspectos legales que debes conocer sobre el cobro de esta prestación obligatoria en México para el periodo 2026.

Montos y cálculo del aguinaldo

De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, los trabajadores tienen derecho a recibir un pago mínimo equivalente a 15 días de salario, siempre que hayan cumplido un año de servicios continuos

  • Si trabajaste menos de un año, tienes derecho garantizado a recibir la parte proporcional al tiempo laborado.
  • En caso de que el contrato individual o colectivo de la empresa establezca un monto superior a los 15 días, prevalecerá el beneficio contratado.

Fecha límite de entrega y prohibiciones

El plazo máximo para que los empleadores realicen el pago vence a más tardar el 20 de diciembre de 2026.

La ley es estricta al prohibir el pago fraccionado fuera del lapso legal, así como la entrega del aguinaldo en especie (vales, mercancías, productos o vales de despensa).

Asesoría laboral

¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?

El beneficio aplica de manera obligatoria para:

  • Personal de base, de planta y de confianza.
  • Empleados sindicalizados.
  • Trabajadores eventuales o contratados por obra/tiempo determinado.
  • Agentes de comercio, comisionistas, vendedores y figuras análogas.
  • Personas trabajadoras del hogar.

Las personas que prestan servicios profesionales de manera independiente y cobran estrictamente por honorarios no tienen derecho a esta prestación.

Los patrones que no depositen el aguinaldo a tiempo, entreguen un monto incompleto o intenten pagarlo en especie incurren en una falta grave. Conforme al artículo 1002 de la LFT, las empresas o empleadores pueden hacerse acreedores a multas que van de 50 a cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2026 equivale a sanciones pecuniarias de entre cinco mil 865 pesos y 586 mil 550 pesos. La aplicación de la multa no exime al patrón de su obligación de pagar el aguinaldo adeudado.

En caso de irregularidades, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación gratuita e iniciar un proceso de conciliación.

Con información de López-Dóriga Digital

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