Sanciones a quien incumpla con la Ley General para el Control del Tabaco.
Por: José Gregorio Aguilar
Este 15 de enero entró en vigor en todo el país la nueva ley General para el Control del tabaco con el Reglamento correspondiente. Los principales cambios que impactarán a la industria restaurantera son: Queda prohibida la prestación de cualquier servicio de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como su consumo, dentro de las zonas designadas para fumar.
Entre otros puntos, se especifican las siguientes medidas para zonas de fumadores: Estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.
Estar ubicadas en un cerco perimetral de al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen, así como de los sitios donde se encuentren conductos de entrada de aire.
Los espacios al aire libre no deberán ser mayor al 10 por ciento del área total del inmueble o establecimiento; Emplear señalización que incluya advertencias sanitarias gráficas sobre los efectos y daños en la salud a que se exponen las personas por entrar en zonas exclusivamente para fumar.
Al respecto, el presidente de CANIRAC Tamaulipas, José Alfredo Andrade Castillo aseguró que, aunque no para todos, estas nuevas disposiciones pegarán fuertemente al bolsillo de los empresarios restauranteros.