Incurren en conflicto ayuntamientos pequeños 

Incurren en conflicto ayuntamientos pequeños 

  • Incurren en conflicto de intereses los ayuntamientos pequeños 

Por Alfredo Guevara

La falta administrativa más común y menos sancionada en la administración pública es el conflicto de interés, el cual se define como la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razones de intereses personales, familiares o de negocios.

El director de Investigación y Anticorrupción, Luis Osvaldo Soberón, diferenció el conflicto de interés y el nepotismo en la administración pública, toda vez que el favoritismo para contratar a alguien que sea familiar hasta cuarto grado, incurre en una falta grave de actuación por parte del servidor público, bajo conflicto de interés.

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