Determina Comisión de Quejas improcedencia para retirar de redes sociales los videos sobre la vacuna de COVID-19

Determina Comisión de Quejas improcedencia para retirar de redes sociales los videos sobre la vacuna de COVID-19

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido de Revolución Democrática (PRD) para emitir medidas cautelares en contra de Morena y su dirigente, Mario Delgado Carrillo, por la difusión de mensajes y videos en cuentas de redes sociales que, a decir de los quejosos constituyen promoción personalizada, utilización indebida de programas sociales, publicidad engañosa, actos anticipados de campaña y una posible orquestación de mensajes para inducir a la ciudadanía.

El proyecto aprobado por el pleno de la Comisión de Quejas estableció que, de un análisis preliminar, los videos difundidos por el presidente de Morena, relacionados con la campaña de vacunación contra el COVID-19, en principio no pueden considerarse como ilícitos, pues se llevan a cabo exclusivamente en redes sociales y su contenido no hace alusión a las elecciones, ni contienen un llamado al voto o de apoyo o rechazo a alguna fuerza política que pueda poner en riesgo la equidad de la contienda electoral.

No obstante, la Comisión reconoció que las publicaciones realizadas por el presidente del partido Morena, Mario Delgado Carillo, pueden formar parte de una estrategia de comunicación que, buscando la identidad partidista con acciones del gobierno federal en la pandemia COVID-19, busca posicionar a su partido antes de que inicien las campañas electorales.

La Comisión recordó que la etapa de precampaña vigente, que se prolongará hasta el 31 de enero de 2021, está destinada a que los partidos promocionen las reglas de selección de sus candidaturas, sus procesos internos o, en su caso, emitan propaganda genérica, más no así contenidos para buscar adhesión electoral. En la deliberación de la Comisión se subrayó que las precampañas no son campañas anticipadas, esto es, no son contiendas interpartidistas, sino procesos internos, intrapartidistas, para designar candidaturas. Por ello, se espera la resolución sobre el fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a efecto de conocer si es válida o no la difusión de los contenidos denunciados durante la actual etapa de precampañas.

Por cuanto a la promoción personalizada del Secretario de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, Marcelo Ebrard Casaubon u otro servidor público, la Comisión consideró que tampoco se actualiza pues no se advierte la intención de posicionar frente a la ciudadanía al servidor público denunciado o alguno otro con la intención de desequilibrar o influir en los procesos electorales en curso.

Finalmente, en cuanto a la solicitud de tutela preventiva para exhortar al presidente nacional de Morena a que se abstenga de seguir realizando actos anticipados de campaña y promoción personalizada, los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han sido consistentes en la imposibilidad de dictarlas, por tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Este asunto fue resuelto por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.

 

 

Noticias relacionadas

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *