Agresores y deudores no ocuparán cargos públicos
Por: Alfredo Guevara
La reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, con la que los deudores alimentarios, los agresores y condenados por algunos delitos no podrán ser candidatos a cargos públicos, entró en vigor este martes 30 de mayo.
La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, consejera Mayra Gisela Lugo Rodríguez explicó que con la entrada en vigor de esas disposiciones constitucionales, se establece la suspensión de los derechos para trabajar en el servicio público (gobierno) o buscar un puesto de elección popular.