Pública Agricultura las disposiciones generales de las Reglas de Operación de la Secretaría para 2023
- Aplicarán a partir del 1 de enero de 2023 y bajo este esquema se considera el empleo de mecanismos de evaluación de resultados, transparencia y rendición de cuentas.
- En materia de evaluación de programas se deberán someter a una evaluación externa, de acuerdo con los términos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
- Con esta publicación, la dependencia federal busca fortalecer las acciones del servicio público y agilizar y facilitar a los productores el acceso directo y oportuno a los recursos asignados a los programas productivos de los subsectores agrícola, pecuario, acuícola y pesquero.
- De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entre las obligaciones de las disposiciones generales están el observar el estricto cumplimiento de las erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, la inclusión de personas con discapacidad y el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, con perspectiva de género desde un enfoque institucional.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación del 2023, que consideran la utilización de esquemas de supervisión, revisión y evaluación de los programas prioritarios, adicionales y emergentes, con el fin de fortalecer los mecanismos de transparencia, difusión y rendición de cuentas, así como avanzar en una agricultura productiva, sostenible e inclusiva para alcanzar la autosuficiencia alimentaria y reducir la pobreza en el sector rural del país.www.gob.mx/agricultura ) y de cada Instancia participante con los registros obtenidos, conforme a lo establecido en los lineamientos que para tal efecto emita la Unidad de Administración y Finanzas. En el ámbito de competencia, se faculta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para definir y autorizar ventanillas, así como modificar los periodos y fechas de apertura, cierre y reapertura de éstas, conforme a la necesidad de operación del programa o componente. De igual forma, podrán ser habilitadas las ventanillas ante la presencia de fenómenos hidrometeorológicos (sequía, helada, granizada, nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado, ciclón) y geológicos (terremotos, erupción volcánica, maremotos y movimientos de ladera), así como en circunstancias climatológicas atípicas e impredecibles que provoquen afectaciones en la actividad agrícola, pecuaria, pesquera o acuícola. De acuerdo con lo publicado, entre las obligaciones a observar está el estricto cumplimiento de las erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres y la inclusión de personas con discapacidad y el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, a través de la instrumentación de las acciones procedentes con perspectiva de género desde un enfoque institucional. En cuanto a las Oficinas de Representación de la Secretaría en las Entidades Federativas (OREF), en su función de instancia ejecutora u operativa de algún programa o componente de la dependencia federal, tendrán la responsabilidad de realizar las funciones de este encargo. Adicionalmente, tendrán que difundir en lugar visible de la representación estatal el Padrón de Asesores Técnicos correspondiente a su estado y brindar a los solicitantes la información que les permita conocer cómo operan los programas de la Secretaría, derechos y obligaciones, apuntó. Precisó la importancia de vigilar la ejecución de los proyectos autorizados para informar avances de operación y ejecución a la unidad responsable del programa y componente.
Con esta publicación, la dependencia federal busca fortalecer las acciones del servicio público y agilizar y facilitar a los productores el acceso directo y oportuno a los recursos asignados a los programas productivos de los subsectores agrícola, pecuario, acuícola y pesquero. Bajo estos términos, Agricultura subrayó que para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, las acciones de disciplina presupuestaria y la modernización de la Administración Pública Federal continuará el pago a las y los beneficiarios directamente y en forma electrónica, mediante depósito en cuentas bancarias, órdenes de pago o giros telegráficos y, en ningún caso, podrá autorizarse el pago en dinero líquido o en efectivo. Con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), estas disposiciones generales –que aplicarán a partir del 1 de enero de 2023— establecen que en materia de evaluación de programas se deberá realizar un análisis externo, de acuerdo con los términos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). Para ello, la Dirección General de Supervisión, Evaluación y Rendición de Cuentas de la Secretaría, o la instancia que designe el titular de Agricultura, será la unidad administrativa que deberá establecer, contratar y, en su caso, operar y supervisar el proceso de la evaluación externa nacional de cada uno de los programas y componentes sujetos a este proceso, misma que deberá ser ajena a la operación de los programas y componentes, así como al ejercicio de los recursos presupuestarios. Además, esta área será la responsable de la administración de la plataforma informática en la que se resguarde la información generada con la supervisión y resultados de los programas, componentes y proyectos a su cargo y ejecutará, mediante la aplicación de técnicas cuantitativas, cualitativas o métodos mixtos, la verificación y supervisión de los incentivos otorgados al amparo de cada programa, componente y/o proyecto estratégico. Indicó que la transparencia, difusión y rendición de cuentas se dará en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que todos los programas de la Secretaría deberán registrar su listado de beneficiarios y beneficiarias en el Padrón de Productores, el cual deberá estar desagregado por género, grupo de edad, entidad federativa y municipio, así como los conceptos de apoyo. Esta información deberá actualizarse permanentemente y publicarse en la página electrónica de la Secretaría (