Sancionarán a quienes alteren padrón y listado nominal
Jueves 24 de octubre de 2019.
Por Alfredo Guevara
De 60 hasta 200 días de multa y de tres a siete años de cárcel, es la sanción que de acuerdo a la Ley General en materia de delitos electorales, alcanza el ciudadano que instrumentos como el padrón y el listado nominal con fotografía.
Incluso, las sanciones se incrementan un tercio más, para funcionarios y consejeros electorales o representantes de partidos políticos que intenten alterar esos documentos, confirmó José de Jesús Arredondo titular del Registro Federal de Electores.